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Primeros Auxilios

El Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo No. 230 del 29 de junio de 2006 "por medio del cual se establece la obligatoriedad del uso de elementos de primeros auxilios en establecimientos de comercio y centros comerciales y se dictan otras disposiciones", determinando la obligatoriedad del uso de elementos de primeros auxilios, en todos los establecimientos comerciales, para lo cual se deberá contar con un botiquín de primeros auxilios, con el fin de atender las emergencias que se presenten en sus instalaciones.

Obligatoriedad de uso de los elementos de primeros auxilios.

 

Todo establecimiento comercial deberá contar con un botiquín de primeros auxilios, con el fin de atender las emergencias que se presenten en sus instalaciones.

 

Es importante aclarar que dentro del botiquín de primeros auxilios, se exige portar condones y toallas higiénicas, estos elementos cumplen una función vital ante una eventualidad de tránsito (siniestro o accidente). Por ejemplo la toalla higiénica es el elemento con más capacidad de absorción de líquidos y el condón puede ser utilizado al momento de realizar amarres y evitar desangres.

 

Tomado de RESOLUCIÓN 0705 DE 2007(Septiembre 3)Por medio de la cual se desarrollan los contenidos técnicos del Acuerdo Distrital No. 230 del 29 de junio del 2006 y se dictan otras disposiciones

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