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Kit de Carreteras, Maletin de Herramientas, Señalización Vial

Todo vehículo que circule por el territorio colombiano debe portar un equipo de carretera el no portarlo tiene una sanción pecuniaria.

 

Este debe contener un conjunto de elementos necesarios para alertar a los demás usuarios de las vías. El artículo 30 de la ley 769 de 2002 establece que el equipo reglamentario debe tener como mínimo:

  1. Un gato con capacidad para elevar el peso de su vehículo.

  2. Una cruceta.

  3. Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello.

  4. Un botiquín de primeros auxilios.

  5. Un extintor (no se especifica el tamaño del mismo)

  6. Dos tacos para bloquear el vehículo.

  7. Caja de herramientas básica que como mínimo deberá contener: alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.

  8. Llanta de repuesto.

  9. Linterna.

Es importante aclarar que dentro del botiquín de primeros auxilios, se exige portar condones y toallas higiénicas, estos elementos cumplen una función vital ante una eventualidad de tránsito (siniestro o accidente). Por ejemplo la toalla higiénica es el elemento con más capacidad de absorción de líquidos y el condón puede ser utilizado al momento de realizar amarres y evitar desangres.

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